Subvenciones destinadas al alquiler de vivienda (2023)

    OBJETO:

    Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a facilitar el disfrute de una vivienda, o habitación, en régimen de alquiler o de cesión de uso a sectores de población con escasos medios económicos, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

    En todo caso se exceptúan: los arrendamientos de las viviendas de protección pública de promoción pública, las promovidas o rehabilitadas al amparo de convenios suscritos entre la Junta de Castilla y León y las Corporaciones Locales, los arrendamientos de viviendas con opción de compra, los subarrendamientos y arrendamientos para usos distintos del de vivienda.

    Se considera unidad de convivencia la persona o el conjunto de personas que habitan y disfrutan de una vivienda de manera habitual y permanente y con vocación de estabilidad, y que estén empadronadas en la vivienda, con independencia de la relación existente entre todas ellas.

    Asimismo, se considerará unidad de convivencia en los casos de alquiler o cesión de uso de habitación la persona arrendataria o cesionaria que resida de manera habitual y permanente en aquella y con vocación de estabilidad, y que esté empadronada en la vivienda de la que forma parte aquella.

    ¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

    Personas físicas mayores de edad, que reúnan en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León» (23/10/2023), TODOS y CADA UNO de los requisitos.

    ¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

    a) Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, o de un contrato de cesión de uso o de arrendamiento o de cesión de uso de una habitación.

    b) Que la vivienda o habitación arrendada o cedida constituya, durante todo el periodo por el que se conceda la subvención, la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o cesionaria.

    c) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación.

    d) Que la suma total de los ingresos anuales de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o de cesión de uso, sean superiores a 0,5 veces el IPREM e iguales o inferiores a 3 veces el IPREM.

    e) Que la renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda o habitación, sea igual o inferior a la cantidad en euros mensuales en función de los ámbitos municipales en los que se encuentra dividido el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

    NO PODRÁ CONCEDERSE LA SUBVENCIÓN cuando el solicitante o alguno de los que tengan su residencia habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato se encuentre en alguna de las situaciones que a continuación se indican:

    a) Sea propietario o usufructuario de alguna vivienda en España. A estos efectos no se considerará que se es propietario o usufructuario de una vivienda si el derecho recae únicamente sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento.

    b) Tenga parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora o cedente de la vivienda o habitación.

    c) Sea socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora o cedente de la vivienda o habitación, exceptuando que se trate de cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro.

    Desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 15 de enero de 2024

    ¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

    Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la documentación indicada.

    Los solicitantes que hayan obtenido la condición de beneficiarios en la convocatoria de 2022 deberán presentar de forma obligatoria y exclusiva el modelo de renovación conforme al modelo normalizado de Renovación de subvención destinada al alquiler de vivienda. En el formulario de renovación se incluirá expresamente la autorización expresa y la no oposición expresa y motivada en idénticos términos.

    Si la solicitud o renovación no reúne los requisitos exigidos o no va acompañada de los documentos se requerirá a la persona interesada, mediante publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

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