Certificaciones y legalizaciones

Certificaciones Comex

certificado de origen

Modelo de certificado de origen

Dentro de sus funciones de organismo público, la Cámara de Segovia expide documentación oficial para trámites de exportación y, con carácter general, de legalización de documentos y compulsa de copias.

Tarifas 2019 (a partir de julio 2019)

  • Certificado de Origen*

Acredita documentalmente el origen de la mercancía.

42,50 euros por expedición de documento (presencial).

  • Certificados de Libre Venta*

Establece que los productos son conformes a la legislación española y de libre comercialización en España

42,5 euros por expedición de documento Mas información

  • Tasa por cotejo de documentación* (compulsa)

Acreditación de la veracidad de copia.

2 euros (1,5 euros a partir de 30 copias)

Legalización de otros documentos de exportación

42.50 euros

El Certificado de Origen

El certificado de origen, así como el EUR, el FORM A y otros documentos de origen, sirve para acreditar frente a la autoridad aduanera de importación que la mercancía que en él se detalla se ha fabricado o producido en el país que se indica como origen.

La acreditación del origen resulta imprescindible para determinar el arancel aplicable a la importación y los regímenes preferenciales derivados de acuerdos entre ambos países.

El procedimiento normal es que el certificado de origen sea expedido en el momento de la exportación.

En caso de pérdida o robo se podrá solicitar la expedición de un duplicado exactamente igual al certificado expedido inicialmente, en el que figurara la leyenda “duplicado” y la fecha de la expedición del certificado original, produciendo sus efectos a partir de esa fecha y no la del día en que se expide el duplicado.

Excepcionalmente, y por causas justificadas y/o circunstancias especiales, podrá solicitarse la expedición de un certificado “a posteriori”. En este caso en el certificado deberá indicarse la leyenda “expedido a posteriori”.
La administración aduanera podrá de oficio y aleatoriamente realizar los oportunos controles “a posteriori” para comprobar la autenticidad de los documentos de origen y los datos contenidos en ellos.

Asimismo, si existieran dudas fundadas respecto a la autenticidad y contenido, podrán realizarse los oportunos controles a efectos de las comprobaciones pertinentes.
En el caso de los sistemas preferenciales existe un plazo inicial de seis meses para que la Administración aduanera del país consultado conteste a la solicitud de comprobación.

Transcurrido ese plazo sin obtener contestación será reiterada la solicitud y, si en un segundo plazo de cuatro meses no ha sido obtenida contestación, o la misma ha sido contradictoria con lo solicitado la Administración aduanera podrá denegar el beneficio solicitado liquidando la diferencia de derechos no ingresada inicialmente.

El certificado de origen deberá haber sido expedido por una autoridad debidamente facultada por el país emisor o por un organismo que ofrezca las garantías necesarias y, asimismo, debidamente facultado.

Deberá contener todas las indicaciones necesarias para la perfecta identificación de las mercancías a que se refiera (número, naturaleza, marcas o numeración de los bultos, descripción de la mercancía, pesos bruto y neto, nombre del expedidor, etc.).

Por último, deberá certificar fehacientemente que la mercancía que se detalla es originaria de un país determinado.
El plazo de validez es de 5 meses desde la fecha de expedición.

Se utiliza para el intercambio con países catalogados como “terceros” por el Arancel de Aduanas Comunitario (TARIC).

El Certificado de origen es facultativo y en ningún momento sustituye al certificado de circulación EUR para aquellas mercancías con origen preferencial.

El Certificado de origen, pese a ser un documento justificativo del origen de la mercancía, no lo es a efectos de acogerse a un beneficio arancelario otorgado como consecuencia de un origen preferencial.

La administración aduanera podrá, discrecionalmente, aceptar el despacho de una mercancía sin la presentación del certificado de origen, con la aplicación del tipo de arancel correspondiente a terceros países (origen no preferencial) y sin beneficio ni rebaja arancelaria alguna.

Sin embargo, si se suscitan dudas sobre el origen de la mercancía declarada, por ejemplo, con relación a la posible aplicación de la normativa sobre régimen comercial, podrá solicitarse la presentación del pertinente certificado de origen.

COMPETENCIAS DE EMISION

En nuestro país, las entidades competentes para emitir Certificados de Origen son las Cámaras Oficiales de Comercio.

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTACION

Los impresos para cumplimentar los Certificados de Origen se adquieren en la Cámara de Segovia y serán cumplimentados por la empresa, a máquina/ordenador, de acuerdo con las indicaciones siguientes:

Idioma del Certificado: Lo recomendable es que e certificado debe cumplimentarse en el mismo idioma que el utilizado en la factura comercial.

Casilla 1 “Expedidor”
Nombre y dirección completa del exportador.
Casilla 2 “Destinatario”
Nombre y dirección completa del comprador. Si la mercancía se entrega en otra dirección diferente, puede incluirse además en esta casilla “Para ser entregada en”: (la dirección de entrega)
Casilla 3 “País de origen”
Nombre del Territorio Aduanero/Pais de origen de la mercancía (no deben utilizarse siglas)
Ejemplo: Unión Europea – España.
Casilla 4 “Informaciones relativas al transporte” (opcional)
Indicar el medio de transporte (avión, barco, etc.), referencias del barco, vuelo,…..
Casilla 5 “Observaciones” (opcional)
Indicar otro datos, como por ejemplo, el número de albarán, factura, la referencia del crédito documentario …
Casilla 6 “Designación de las mercancías”
Descripción de las mercancías, según la denominación comercial y las especificaciones técnicas (deben especificarse las mercancías según su denominación comercial usual, con detalle suficiente que indique con claridad la naturaleza de las mercancías, no pudiendo ser una designación ambigua o general, y tampoco debe hacerse mención exclusivamente de una marca o nombre comercial).
Casilla 7 “Cantidad”
Puede expresarse en cualquier unidad de medida (Kg, litros, metros, volumen,…)
Casilla 8 “Visado de la autoridad competente”
NO puede insertar ningún dato en la Casilla 8. Este espacio está reservado para la autentificación de la Cámara.
Hoja de solicitud (COPIA COLOR ROSA):
· Fecha, el sello y la firma de la empresa solicitante (Expedidor), o su representante.
· En el dorso de esta hoja, cumplimentar la certificación de origen de la mercancía (nombre del fabricante y lugar de fabricación). En el caso de que el origen del producto no sea español es necesario presentar documento acreditativo de la procedencia del mismo. Este formulario puede sustituirse por la cumplimentación de una Declaración de Origen de la Mercancía.

REGISTRO DE EMPRESAS PARA UN PRIMER CERTIFICADO DE ORIGEN

Antes de que emitamos el primer certificado de origen a una empresa, esta deberá quedar registrada en la Cámara de Segovia. Las instrucciones y el formulario para este registro puede descargarlos en el siguiente link:

REGISTRO CERTIFICADO DE ORIGEN