SUBVENCIONES PARA FINANCIAR PROYECTOS EMPRESARIALES DIRIGIDOS A FOMENTAR LA INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO TECNOLÓGICO DE LAS PYMES

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en las pymes de Castilla y León, en centros de trabajo de Castilla y León.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

  • Los autónomos y pymes que tengan un centro de trabajo en Castilla y León.
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, fundaciones, y asociaciones sin ánimo de lucro.

REQUISITOS

Las PYMES deberán tener un centro de trabajo en Castilla y León, y realizar proyectos empresariales considerados como subvencionables.

Esta convocatoria no será de aplicación en concreto:

  1. A las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura.
  2. A las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.
  3. A las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas o cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios
  4. A las actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros.
  5. A las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Se consideran proyectos subvencionables la contratación de los servicios de asesoramiento y asistencia técnica siguientes:

  1. La asistencia técnica para la protección de derechos de propiedad industrial, tanto innovaciones técnicas (que pueda referirse a cualquiera de las etapas que transcurren desde la solicitud hasta la obtención o renovación de patentes y modelos de utilidad) como innovaciones de diseño (diseño industrial). No serán subvencionables los costes ligados a la obtención de marcas y nombres comerciales.
  2. La asistencia técnica para facilitar el acceso a las deducciones fiscales por la realización de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) e Innovación Tecnológica (IT).
  3. Asesoramiento en materia de innovación y servicios de apoyo dirigidos a implantar:
    1. Innovación en procesos, organización de la producción y gestión empresarial.
    2. Innovación en diseño de producto (incluyendo envases y embalajes).
    3. Innovación y certificación de calidad, medioambientales, en ciberseguridad y confianza digital.
    4. Declaraciones ambientales de producto, con especial consideración a las cadenas de valor basadas en recursos endógenos.
    5. Certificaciones y diagnóstico de cumplimiento de los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible).
    6. Innovación a través de sistemas de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva.

En ningún caso, se consideran subvencionables la formación y los estudios de mercado.

Se considerarán gastos subvencionables los efectuados con posterioridad al 4 de enero de 2023 y que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación (tres meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada).

CUANTÍA:

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo mínimo del 50% y un máximo del 70% sobre el coste subvencionable.

PLAZO DE SOLICITUD

Comenzará el día siguiente de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León (27 de junio de 2023) y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

ACCESO A LA CONVOCATORIA