SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE POR CUENTA AJENA 2022

Convocadas para el año 2022, en régimen de concesión directa, las subvenciones dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena en la Comunidad de Castilla y León, a través de los siguientes programas:

Fomentar la formalización de contratos indefinidos ordinarios a tiempo completo con personas desempleadas incluidas en alguno de los colectivos destinatarios.

Serán subvencionables las contrataciones que cumplan los requisitos y cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive. La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

1. Menores de 35 años de edad.

2. Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el período de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación; o que lleven inscritas, al menos, 180 días en el período de los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación, si se trata de personas que estén inscritas como trabajadoras agrarias en el Servicio Público de Empleo durante esos 180 días.

3. Personas de 45 o más años de edad.

Desde el 23 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022. 

Fomentar la contratación indefinida ordinaria del primer trabajador por parte de los trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas) establecidos en Castilla y León.

Serán subvencionables las contrataciones que cumplan los requisitos y cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive. La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

1. Menores de 35 años de edad.

2. Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el período de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación; o que lleven inscritas, al menos, 180 días en el período de los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación, si se trata de personas que estén inscritas como trabajadoras agrarias en el Servicio Público de Empleo durante esos 180 días.

Desde el 23 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022. 

Fomentar la transformación en indefinidos a tiempo completo de determinados contratos temporales:

  • Contratos en prácticas.
  • Contratos para la formación y el aprendizaje.
  • Contratos temporales con cláusula específica de relevo.
  • Contratos temporales formalizados con personas de 55 o más años de edad, subvencionados al amparo de lo establecido en alguno de los Programas de subvenciones dirigidas a fomentar la contratación temporal de dicho colectivo, que específicamente prevea el Servicio Público de Empleo, y que no hayan sido objeto de reintegro total o parcial de la subvención concedida.

Serán subvencionables las transformaciones contractuales que cumplan los requisitos cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive. La transformación contractual deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio del contrato que se transforma estuvieran desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenecieran a alguno de los siguientes colectivos:

1. Menores de 35 años de edad.

2. Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el período de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación temporal que se transforma; o que lleven inscritas, al menos, 180 días en el período de los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación temporal que se transforma, si se trata de personas que estén inscritas como trabajadoras agrarias en el Servicio Público de Empleo durante esos 180 días.

3. Personas de 45 o más años de edad.

Desde el 23 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022. 

Fomentar la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial formalizados con mujeres.

Serán subvencionables las ampliaciones de jornada que cumplan los requisitos y cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive. Las ampliaciones de jornada deberán formalizarse con mujeres que en la fecha de inicio de las contrataciones cuya jornada se amplía se hallasen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo.

Desde el 23 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022.