Programa “Segovia Emprende”: Ayudas para proyectos de autoempleo y empresas de reciente creación.

Ayudas para proyectos de autoempleo y empresas de reciente creación.

Objetivo

Prestar apoyo y ayuda que contribuyan al desarrollo de la ciudad.

La cuantía máxima destinada a las empresas que cumplan los requisitos asciende a 5.000 euros a fondo perdido, un dinero que contribuirá a hacer frente a los gastos iniciales a los que debe hacer frente cualquier actividad empresarial.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Empresas en Segovia:

Personas físicas o jurídicas que inicien o hayan iniciado una actividad empresarial o profesional en el término municipal de Segovia, entre el 22 de agosto de 2022 y el 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive.

Gastos subvencionables:

Cuotas de cotización a la Seguridad Social, gastos de colegio profesional, gastos de alquiler del local, consumos y gastos corrientes (electricidad, calefacción, seguros), gastos de mejora de la identidad corporativa, gastos de publicidad y marketing, gastos de prevención de riesgos laborales, gastos de registro de patentes y marcas, gastos derivados de suscripciones periódicas a aplicaciones informáticas o de gestión.

Requisitos

Los principales requisitos que cumplir para acceder a las ayudas de ‘Segovia Emprende 2023’ son los siguientes:

  • Nuevos proyectos: Ser personas físicas o jurídicas cuya actividad empresarial se haya iniciado entre el 22 de agosto de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.
  • Licencia medioambiental: Disponer o encontrarse en trámite, a fecha de solicitud, de licencia o comunicación ambiental. (Si la actividad se realiza en tu local o en el domicilio)
  • Gastos >= 1.000€: Haber realizado gastos por importe igual o superior a 1.000 euros (sin incluir IVA) en los conceptos subvencionables indicados en las bases reguladoras de la convocatoria.

Plazo de solicitud

Las solicitudes se podrán presentar hasta el 16 de octubre de 2023 a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Segovia. 
(De manera presencial en el Registro General en el caso de personas físicas).

 


Documentos: