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Empresas de la UE: Preparación aduanera en caso de Brexit sin acuerdo.

La Comisión Europea ha intensificado ayer su comunicación con las empresas de la UE en el ámbito de las aduanas y la fiscalidad indirecta (por ejemplo, el IVA), habida cuenta del riesgo de que el Reino Unido podría abandonar la UE el 30 de marzo de este año sin haberse alcanzado un acuerdo (supuesto de retirada sin acuerdo).
La campaña de comunicación puesta en marcha ayer forma parte de los esfuerzos que está realizando la Comisión para preparar la salida del Reino Unido de la Unión Europea sin un acuerdo, en consonancia con las conclusiones del Consejo Europeo (artículo 50) de diciembre de 2018, en las que se pide una mayor  preparación para todos los supuestos. Esta campaña debería ayudar a informar a las empresas que deseen seguir negociando con el Reino Unido después del 30 de marzo sobre lo que deben hacer para garantizar una transición lo más fluida posible. La preparación para el momento en el que Reino Unido se convierta en un país tercero es de vital importancia si se quieren evitar graves perturbaciones para las empresas de la UE.

Christophe Leitl, presidente de EUROCHAMBRES, ha reconocido como ejemplo de buena práctica la campaña informativa lanzada por la Cámara de Comercio de España conjuntamente con la Secretaría de Estado de Comercio y la Dirección General de Aduanas, con una serie de eventos sobre las consecuencias de la salida de Reino Unido de la Unión Europea y una serie de fichas informativas sobre los efectos del Brexit muy prácticas. Esta campaña está dirigida especialmente a las pequeñas y medianas empresas y tiene como objetivo informar sobre las medidas y planes de contingencia que deben tener preparadas las empresas de cara al Brexit.

Pierre Moscovici, comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas, ha declarado: «El riesgo de un Brexit sin acuerdo aumenta a medida que nos acercamos al 29 de marzo, por lo que la Comisión Europea y las autoridades aduaneras nacionales están trabajando con ahínco a fin de estar preparadas para introducir exámenes y controles de las mercancías que circulen entre la UE y el Reino Unido. Esto es fundamental para proteger a nuestros consumidores y nuestro mercado interior. Mucho depende de la capacidad de las empresas que comercian con el Reino Unido para adaptarse rápidamente a las normas aduaneras que se aplicarán desde el primer día en caso de no alcanzarse un acuerdo. No hay tiempo que perder y estamos dispuestos a ayudar con la campaña de información».

La iniciativa de ayer aspira a sensibilizar a la comunidad empresarial de la UE, especialmente a las pymes. Para prepararse para una situación sin acuerdo y seguir haciendo negocios con el Reino Unido, estas empresas deben:

  • Valorar si tienen la capacidad técnica y humana necesaria para lidiar con las normas y los procedimientos aduaneros, por ejemplo, en lo que se refiere a las «normas de origen preferenciales».
  • Estudiar la obtención de diversas autorizaciones y registros aduaneros para facilitar su actividad comercial si el Reino Unido forma parte de su cadena de suministro.
  • Ponerse en contacto con la autoridad aduanera nacional para ver qué otras medidas podrían adoptar para prepararse.

Ayer se ha puesto a disposición de las empresas una serie de documentos, incluida una simple lista de control con cinco etapas, en la que se ofrece una visión general de las medidas que deben tomarse. Esta documentación está disponible en todas las lenguas de la UE. Si bien no puede paliarse el impacto general de una situación sin acuerdo, la campaña lanzada ayer complementa los esfuerzos nacionales por informar a las empresas de la UE y contribuir a llegar a las empresas afectadas de los otros 27 Estados miembros de la UE.
Los preparativos, que cuentan con el apoyo de la Comisión, también están en curso en los Estados miembros para velar por que la infraestructura y la logística de las aduanas nacionales estén preparadas para hacer frente a una situación sin acuerdo.

El fondo de la cuestión

La ratificación del Acuerdo de retirada sigue siendo el objetivo y la prioridad de la Comisión. Sin embargo, esta ratificación sigue siendo incierta. Dado el riesgo de un escenario ‘sin acuerdo’, la Comisión ha estado realizando un intenso trabajo de preparación desde diciembre de 2017. Ha pedido constantemente a los ciudadanos, empresas y Estados miembros europeos que se preparen para todos los escenarios posibles, evalúen los riesgos relevantes y planifiquen su Respuesta para mitigarlos.

Como se destacó en la primera Comunicación de preparación de Brexit de la Comisión de 19 de julio de 2018 , independientemente del escenario previsto, la elección del Reino Unido de abandonar la Unión Europea causará una interrupción significativa.

Las partes interesadas, así como las autoridades nacionales y de la UE deben prepararse para dos posibles escenarios principales:

  • Si el Acuerdo de retiro se ratifica antes del 30 de marzo de 2019, la legislación de la UE dejará de aplicarse en el Reino Unido el 1 de enero de 2021, es decir, después de un período de transición de 21 meses. El Acuerdo de Retiro incluye la posibilidad de una sola extensión del período de transición por hasta uno o dos años.
  • Si el Acuerdo de retiro no se ratifica antes del 30 de marzo de 2019, no habrá un período de transición y la legislación de la UE dejará de aplicarse en el Reino Unido a partir del 30 de marzo de 2019. Esto se conoce como “no acuerdo” o “acantilado”. borde “escenario.

Tras los llamamientos del Consejo Europeo (artículo 50) en noviembre y diciembre de 2018 para intensificar el trabajo de preparación a todos los niveles, el 19 de diciembre de 2018 la Comisión adoptó un Plan de Acción contra Contingencias y varias medidas legislativas, incluso en el área de aduanas. Esto sigue las comunicaciones anteriores publicadas en noviembre y julio de 2018 .

En tal escenario de “no trato”, los bienes que vienen o van al Reino Unido se tratarán como importaciones y exportaciones a un “tercer país”. Esto significa que los trámites y controles aduaneros se aplicarán en la importación y exportación. Los derechos de aduana, el IVA y los impuestos especiales se aplicarán a la importación, mientras que las exportaciones al Reino Unido estarán exentas del IVA.

La Comisión ha publicado una serie de avisos, disponibles en todas las lenguas de la UE , cuyo objetivo es informar mejor a las partes interesadas y a los viajeros sobre las consecuencias que podría tener un escenario de ‘no trato’ para sus negocios cuando se trata de procedimientos aduaneros, impuestos indirectos, como como IVA e impuestos especiales, normas preferenciales de origen y licencias de importación / exportación.

La acción de los Estados miembros también es esencial. Las autoridades nacionales tienen un papel clave en el seguimiento y la orientación de los preparativos de la industria. Sobre esa base, la Comisión ha mantenido conversaciones técnicas con los Estados miembros de la UE-27 tanto sobre cuestiones generales de preparación como sobre medidas de preparación sectoriales, jurídicas y administrativas. También se ha iniciado una serie de visitas a los 27 Estados miembros de la UE para garantizar que el plan nacional de contingencia está en marcha y para proporcionar las aclaraciones necesarias sobre el proceso de preparación.

ACTUALIZACIÓN: ESPECIAL PARA EMPRESAS

BREXIT EMPRESASA falta de un acuerdo para la salida ordenada del Reino Unido de la UE, que establecería un período transitorio hasta el final de 2020 (con la posibilidad de una prórroga prevista en el acuerdo de retirada), el Reino Unido será tratado como país no perteneciente a la UE a efectos aduaneros a partir del 30 de marzo de 2019.

Es urgente que las empresas de la UE empiecen a prepararse para la salida del Reino Unido de la UE, en caso de que todavía no lo hayan hecho.

Con el fin de evitar perturbaciones, todas las empresas afectadas deben prepa­rarse, tomar todas las decisiones necesarias y adoptar todas las medidas admi­nistrativas necesarias antes del 30 de marzo de 2019.

Para ayudar a las empresas a hacerlo, la Comisión Europea ha preparado una «lista de control de cara al Brexit» y una página web específica con una lista de consejos prácticos y recomendaciones.

Fichas informativas sobre los efectos del Brexit

ACTUALIZACION PARA CIUDADANOS (real decreto ley 5/2019)

Accede al Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo, por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. ACCEDER