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Vuelve a desarrollar tu vida laboral en CyL
El Convenio, firmado el 21 de julio de 2026, entre la Junta de Castilla y León, el Consejo de Cámaras de Castilla y León y CEOE Castilla y León tiene como principales objetivos la difusión, publicidad y captación de trabajadores, con la finalidad de favorecer su regreso, en una medida que persigue luchar contra la despoblación, fomentar el arraigo familiar y dar respuesta a la demanda de trabajadores de las empresas de nuestra Comunidad. Este Convenio, que da continuidad al anterior, es el punto de partida para poner en marcha la maquinaria que permita conectar oferta y demanda, y su objetivo principal es facilitar el retorno a la Comunidad Autónoma a aquellos castellanos y leoneses residentes en el exterior que lo deseen.
Para llevar a cabo este Programa de Retorno del Talento identificado como “Volver Castilla y León”, la Junta de Castilla y León subvencionará con 5.000 euros a las empresas u otras entidades que contraten por cuenta ajena, con una duración mínima de un año, a ciudadanos oriundos de Castilla y León que retornen. Del mismo modo, para el fomento del autoempleo “Vuelve a emprender en Castilla y León” se abonarán 5.000 euros a cada castellano y leonés oriundo en el exterior que quiera retornar para ponerse al frente como autónomo de un negocio que se transfiera o crear una empresa con un proyecto de negocio viable, con centro de trabajo en Castilla y León y se comprometa a continuar con la actividad durante ese plazo de un año. Se trata de ayudas a la contratación laboral y al autoempleo de castellanos y leoneses compatibles con otras ayudas al retorno.
Desde el Consejo de Cámaras así como desde la red cameral de Castilla y León se informará, orientará y asesorará a los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León interesados en retornar o que ya hayan retornado a Castilla y León, sobre cuestiones que les puedan suscitar dudas relacionadas con su regreso desde el extranjero, así como desde otras Comunidades Autónomas y su reincorporación a la vida en Castilla y León, como pueden ser los diferentes trámites administrativos, previos y posteriores al retorno, las ayudas públicas al proceso de retorno, y otras.
Para más información: retornocastillayleon@cocicyl.es
Eres un ciudadano que desea retornar a Castilla y León.
Los ciudadanos que deseen retornar a Castilla y León deben cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
- Haber nacido en Castilla y León.
- Ser descendiente de castellano y leonés.
- Haber residido de forma continuada al menos 10 años en Castilla y León.
Y, además:
Deben aportar la siguiente documentación justificativa:
Documentación y requisitos para el trabajador:
- Fotocopia del DNI, o en su caso Pasaporte español.
- Formulario de inscripción
Si ha nacido en Castilla y León y reside en el extranjero:
- Certificado de residencia extranjero, o
- Inscripción en el Registro de Matrícula Consular español, o certificado de vida laboral, o
- Certificado de vida académica, o
- Cualquier otro documento que de manera suficiente acredite la residencia en el extranjero (en el caso de que un documento esté redactado en una lengua extranjera, deberá acompañarse su traducción jurada).
Si ha nacido en Castilla y León y reside en otra Comunidad Autónoma:
- Certificado de vida laboral
- Certificado de empadronamiento en algún municipio fuera de Castilla y León, o
- Cualquier otro documento que de manera suficiente acredite la residencia fuera de Castilla y León (pero en España).
Si es descendiente de castellano y leonés:
- Libro de familia o documentación análoga que acredite que es descendiente de ciudadano oriundo o procedente de Castilla y León.
Si ha residido más de diez años en Castilla y León:
- Certificado de empadronamiento histórico y masivo en el que conste que ha residido al menos diez años continuados en Castilla y León.
En cualquier caso, una vez que hayan retornado, deberá aportar su Certificado de empadronamiento en Castilla y León y además, documentación acreditativa de residencia efectiva en Castilla y León.
Las empresas u otras entidades que quieran participar en el programa «Volver Castilla y León» deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Contratar a un ciudadano oriundo o procedente de Castilla y León que tenga su residencia en el extranjero, o que resida o provenga de otras Comunidades o Ciudades Autónomas.
- Se considerarán ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León a los nacidos en Castilla y León o que al menos durante diez años continuados hayan residido en Castilla y León o que sean descendientes de castellanos y leoneses.
- Compromiso de contratación de al menos un año de duración.
- Contratación de la persona trabajadora preferentemente a jornada completa.
Documentación a aportar por las empresas:
- Contrato de trabajo.
Más información
Desde el Consejo de Cámaras así como desde la red cameral de Castilla y León se informará, orientará y asesorará a los ciudadanos interesados en retornar o que ya hayan retornado a Castilla y León, sobre las cuestiones que les puedan suscitar dudas relacionadas con su regreso desde el extranjero, así como desde otras Comunidades Autónomas y su reincorporación a la vida en Castilla y León, como pueden ser los diferentes trámites administrativos, previos y posteriores al retorno, las ayudas públicas al proceso de retorno y otras.
Para más información: retornocastillayleon@cocicyl.es
Los ciudadanos que deseen retornar a Castilla y León para emprender para ponerse al frente como autónomo de un negocio que se transfiera o crear una nueva empresa con centro de trabajo en Castilla y León deben cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
- Haber nacido en Castilla y León.
- Ser descendiente de castellano y leonés.
- Haber residido de forma continuada al menos 10 años en Castilla y León.
Y, además:
- Residencia en el extranjero
- Residencia en otras Comunidades o Ciudades Autónomas.
Deben aportar la siguiente documentación justificativa:
Documentación y requisitos para el trabajador:
- Fotocopia del DNI, o en su caso Pasaporte español.
- Formulario de inscripción
Si ha nacido en Castilla y León y reside en el extranjero:
- Certificado de residencia extranjero, o
- Inscripción en el Registro de Matrícula Consular español, o certificado de vida laboral, o
- Certificado de vida académica, o
- Cualquier otro documento que de manera suficiente acredite la residencia en el extranjero (en el caso de que un documento esté redactado en una lengua extranjera, deberá acompañarse su traducción jurada).
Si ha nacido en Castilla y León y reside en otra Comunidad Autónoma:
- Certificado de vida laboral
- Certificado de empadronamiento en algún municipio fuera de Castilla y León, o
- Cualquier otro documento que de manera suficiente acredite la residencia fuera de Castilla y León (pero en España).
Si es descendiente de castellano y leonés:
- Libro de familia o documentación análoga que acredite que es descendiente de ciudadano oriundo o procedente de Castilla y León.
Si ha residido más de diez años en Castilla y León:
- Certificado de empadronamiento histórico y masivo en el que conste que ha residido al menos diez años continuados en Castilla y León.
En cualquier caso, una vez que hayan retornado, deberá aportar su Certificado de empadronamiento en Castilla y León, además de documentación acreditativa de residencia efectiva en Castilla y León.
Para los trabajadores por cuenta propia que quieran retornar para ponerse al frente como autónomo de un negocio que se transfiera o creación de una nueva empresa con centro de trabajo en Castilla y León:
o Además de la documentación ya indicada se debe aportar el alta de autónomos, documentación del proyecto de negocio viable y documentación acreditativa de la transmisión, en su caso.