elecciones camara de segovia

ELECCIONES A LA CAMARA DE SEGOVIA

Apertura del proceso electoral

Queda abierto el proceso, una vez que se ha publicado la Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la que se declara abierto el proceso electoral para la  renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España

Legislación aplicable

  • Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación
  • DECRETO 12/2015, de 12 de febrero, por el que se regula la composición de los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León y el procedimiento para la elección de sus miembros
  • Ley 8/2018, de 14 de diciembre, por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León y el Consejo de Cámaras de Castilla y León
  • ORDEN EYE/348/2015, de 27 de abril, por la que se aprueban las normas para la elaboración de los censos electorales de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León

EXPOSICIÓN DEL CENSO ELECTORAL EN LA WEB DE LAS CÁMARA

1.- Esta Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Segovia en virtud de lo establecido en la Orden la Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la que se declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, procede a la exposición de su censo electoral cerrado a 1 de enero de 2021 en su página web –además de en su sede- durante el plazo comprendido entre los días  2 de noviembre y  22 de noviembre de 2021, (ambos inclusive), con el fin de que todas las empresas de la Cámara de Segovia que son las dadas de alta en la sección primera del IAE, puedan comprobar en qué grupo y categoría electoral se encuentran encuadradas.

FINALIZADO PLAZO DE EXPOSICION DEL CENSO ELECTORAL

2.- La exposición se realiza, además, de acuerdo con lo previsto en el art. 13 del Decreto 12/2015, de 12 de febrero, por el que se regula la composición de los órganos de gobierno de las Cámaras de Castilla y León y el procedimiento para la elección de sus miembros, por lo que cualquier interesado podrá presentar reclamaciones sobre inclusión o exclusión en los grupos y categorías del censo desde el mismo día 2 de noviembre y hasta cinco días después del vencimiento del plazo de exposición, es decir, hasta el día 29 de noviembre de 2021 inclusive. Las reclamaciones, que se presentarán por escrito ante la Secretaría de la Cámara, se resolverán por el Comité Ejecutivo en un plazo de cinco días desde la terminación del período para presentar reclamaciones, es decir, hasta el día 7 de diciembre inclusive.

3.-  A la vista de la Orden EYE/348/2015, de 27 de abril, por la que se aprueban las normas para la elaboración de los censos electorales de las Cámaras de Castilla y León, se publican en el censo adjunto los datos electorales de las empresas con actividad en Segovia según base de datos facilitada por la administración tributaria, de acuerdo con lo establecido en el art. 8 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. Si la casilla del domicilio de la actividad estuviere vacía, ello se deberá a que no figuraba disponible en la base de datos facilitada. No obstante, puede consultarse por los interesados en la sede de la Cámara el domicilio fiscal correspondiente, o mediante correo electrónico

4.- También, se advierte que, aunque una misma empresa figure dos veces inscrita en la misma categoría o grupo solo tendrá derecho a ejercer el voto una vez

5.- Los datos incorporados en el presente CENSO ELECTORAL han sido incluidos por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Segovia en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, en el artículo 13 del Decreto 12/2015, de 12 de febrero, por el que se regula la composición de los órganos de gobierno de las Cámaras de Castilla y León y el procedimiento para la elección de sus miembros, , así como en la Orden EYE/348/2015, de 27 de abril, por la que se aprueban las normas para la elaboración de los censos electorales de las Cámaras de Castilla y León, con la finalidad de elaborar y gestionar el CENSO ELECTORAL para el adecuado desarrollo del PROCESO ELECTORAL en curso. Su uso por las personas interesadas deberá realizarse única y exclusivamente con dicha finalidad, quedando prohibido el tratamiento y difusión de cualquier información mostrada, siendo responsabilidad de la persona o personas, cualquier uso y/o distribución, por cualquier medio no autorizado, respondiendo, en cada caso, de las responsabilidades que pueda conllevar

En Segovia a 2 de noviembre de 2021

Don Gonzalo Ruiz García

SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA DE SEGOVIA

CENSO ELECTORAL: FINALIZADO PLAZO DE EXPOSICION

RECLAMACIÓNES sobre el Censo Electoral 2021 de LA Cámara de Segovia

Si considera realizar alguna reclamación relativa a este censo, puede hacerlo a través de este formulario normalizado. PLAZO FINALIZADO

PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES

RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2022, de la Dirección General de Comercio y Consumo, por la que se convocan elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León.

EJERCICIO DEL VOTO POR CORREO

PRESENTACION DE CANDIDATURAS

Documentos a aportar (Modelos)