Primero.–

Domingos y días festivos de apertura autorizada para establecimientos comerciales.
Los establecimientos comerciales ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León podrán abrir al público, con carácter general y durante el año 2018, los siguientes domingos y días festivos:

  • 7 de enero
  • 14 de enero
  • 29 de marzo
  • 24 de junio
  • 1 de julio
  • 25 de noviembre
  • 9 de diciembre
  • 16 de diciembre
  • 23 de diciembre
  • 30 de diciembre

Segundo.– La autorización para la apertura de los establecimientos comerciales dentro de las fechas señaladas en el apartado anterior se entenderá limitada por lo que disponga la normativa vigente en otras materias y, particularmente, la laboral.

Tercero.– Esta orden producirá efectos desde el 1 de enero de 2018.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses computado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Valladolid, 15 de noviembre de 2017.

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