DECRETO-Ley 2/2020, de 16 de abril, de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y León frente al impacto económico y social del COVID-19.

El decreto-ley se estructura en seis capítulos:

El Capítulo I expresa su objeto, como es el establecimiento del conjunto de las medidas urgentes y extraordinarias dirigidas específicamente a la protección de las personas y a las empresas de Castilla y León frente a la situación generada por la pandemia. Asimismo, garantiza su rápida implantación, al determinar expresamente el régimen jurídico aplicable al procedimiento de concesión de las subvenciones y ayudas previstas en el decreto-ley conforme a su normativa específica.

Por su parte, el Capítulo II incluye medidas de protección y mantenimiento del empleo, dentro de las cuales se contemplan dos grupos de actuaciones, por un lado las dirigidas a la protección y ayuda a las personas trabajadoras y, por otro, las subvenciones al fomento del empleo para empresas y autónomos.

El Capítulo III está dedicado a las medidas específicas para los sectores de la cultura, el turismo y el deporte, destinadas a paliar los efectos económicos del periodo de inactividad, que será más largo que para el resto de actividades económicas. Además, medidas para ayudar a las pymes, autónomos y otras entidades a adaptarse, fundamentalmente mediante la innovación y la digitalización, a la nueva realidad creada por las medidas de etiqueta social necesarias para combatir la pandemia.

En el Capítulo IV se engloban las medidas destinadas a la prevención de riesgos laborales. En particular se establecen ayudas con las que se apoya la inversión que las empresas hagan en la protección de la salud de sus trabajadores

El Capítulo V recoge las medidas relativas al pago de las cuotas de compra y de la renta mensual del alquiler, ambas de las viviendas de protección pública de promoción directa de la Junta de Castilla y León, con la finalidad de mitigar los esfuerzos económicos que su pago supone para las personas propietarias y arrendatarias.

Y en el Capítulo VI se incluyen los mecanismos de información y seguimiento de la ejecución de las distintas actuaciones. Punto en el que es fundamental el papel que desempeñarán los marcos institucionales permanentes de encuentro del Diálogo Social con participación activa de los agentes económicos y sociales.

DOCUMENTO COMPLETO

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