CONVOCATORIA DE AYUDAS A EMPRESAS DE RECIENTE CREACIÓN Y
EMPRENDEDORES EN LA PROVINCIA DE SEGOVIA (2023)

El objeto de las presentes bases es regular en régimen de concurrencia competitiva las ayudas destinadas a apoyar la puesta en marcha y el mantenimiento inicial de empresas de reciente creación y proyectos de autoempleo de emprendedores/as establecidos en municipios de la provincia de Segovia con población inferior a 20.000 habitantes y en sus entidades locales menores dependientes, de conformidad con lo establecido en la base cuarta.

  • Dirigidas a empresas de reciente creación y emprendedores de entidades locales de la provincia de Segovia con población inferior a 20.000 habitantes, que inicien su actividad y se hayan dado de alta en el régimen correspondiente entre el 15/03/2022 y el 28/04/2023.
  • Gastos subvencionables: cuotas de autónomos y gastos corrientes relacionados de manera indubitada con la actividad empresarial o profesional.
  • Plazo de solicitud: desde el día siguiente de la publicación del extracto en el BOP de Segovia hasta el 28 de abril de 2023.
  • Importe máximo de la ayuda: 2.500€

BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria de ayudas cualquier persona física o jurídica, independientemente de su forma de constitución, que cumpla los siguientes requisitos:

  1. Que hayan iniciado una actividad empresarial o profesional en algún municipio de la provincia de Segovia con población inferior a 20.000 habitantes o sus entidades locales dependientes, en fecha comprendida entre el 15 de marzo de 2022 y el 28 de abril de 2023, ambos inclusive, y que estén válidamente constituidos con su correspondiente alta en Hacienda y en la Seguridad Social en este periodo.
  2. Será considerada como inicio de la actividad profesional o empresarial el alta en el Régimen especial de la Seguridad Social para trabajadores autónomos (RETA), mutualidad o colegio profesional correspondiente. La fecha de reconocimiento del alta deberá estar comprendido en las fechas indicadas en el apartado anterior.
  3. Dicha afiliación debe mantenerse ininterrumpidamente como mínimo en los 6 meses posteriores a la fecha de justificación.
  4. Los solicitantes deben tener su domicilio fiscal y desarrollar la actividad profesional o empresarial en alguno de los municipios de la provincia de Segovia con población inferior a 20.000 habitantes y sus entidades locales menores dependientes.
  5. Cuando se trate de formas jurídicas pluripersonales (Comunidades de Bienes, Sociedades Limitadas, etc.), no se admitirán solicitudes de sus miembros a título individual.
  6. En el caso de que las actuaciones administrativas se lleven a cabo por medio de representante, se aportará la documentación que así lo acredite.

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos solicitantes:

  • Que figuren como autónomos colaboradores.
  • Los que hayan sido beneficiarios de la misma subvención en convocatorias anteriores.
  • Aquellos que incurran en alguna de las prohibiciones recogidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Ayudas.
  • Que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Diputación de Segovia.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

Las ayudas consistirán en una aportación económica máxima de 2.500 euros por beneficiario hasta agotar el crédito presupuestario asignado para esta convocatoria.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Tendrán consideración de gastos subvencionables las cuotas abonadas al régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social o, en su caso, de la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, comprendidos en el periodo subvencionable entre el 15 de marzo de 2022 y el 28 de abril de 2023.

Todos los gastos deberán encontrarse pagados en el momento de la justificación.

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Serán criterios de valoración que se tendrán en cuenta para la concesión de las ayudas los siguientes:

*Quedarán excluidas aquellas solicitudes que obtengan una puntuación inferior a 2 puntos.

SOLICITUDES, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes de ayuda se presentarán cumplimentando el formulario creado en la Sede Electrónica de la Diputación, en el trámite “Solicitud de ayudas para empresas de reciente creación y emprendedores en la provincia de Segovia, 2023” (accesible desde la página de inicio de la Sede Electrónica: Trámites destacados: Solicitud de ayudas para empresas de reciente creación y emprendedores en la provincia de Segovia, 2023).

Las solicitudes se podrán presentar desde las 09:00 horas del primer día hábil siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP de Segovia hasta el 28 de abril de 2023.